Iceta pide al TAD suspender a Rubiales ''temporalmente'' pese a tachar sus actos de 'graves'
20:00
1 Septiembre 2023

Iceta pide al TAD suspender a Rubiales ''temporalmente'' pese a tachar sus actos de 'graves'

El ministro de Cultura y Deporte salió a dar explicaciones de urgencia tras la decisión dada a conocer por el Tribunal este viernes.

Miquel Iceta, ministro de Cultura y Deporte, compareció ante los medios para dar las respectivas explicaciones tras la resolución del Tribunal de Administrativo del Deporte por el 'caso Rubiales'. A través del Consejo Superior de Deportes, el representante del Gobierno decidió pedir la cautelar para Luis Rubiales y así suspenderle de sus funciones de manera provisional mientras dure el proceso.

Una decisión inmediata para evitar que Luis Rubiales pueda volver a ser presidente de la Federación, aunque actualmente se encuentre suspendido por la FIFA durante noventa días desde el pasado sábado.

"El hecho de que el TAD haya decidido incoar el expediente de grave impide que el CSD pueda suspender a Rubiales en sus funciones, que era nuestra voluntad. En virtud del artículo 102 de la Ley del Deporte, el CSD sí va a instar al TAD para que suspenda cautelarmente a Rubiales de su cargo hasta que acabe el proceso", apuntó Iceta durante su comparecencia.

"El presidente del CSD ha pedido a sus servicios jurídicos de adoptar otras medidas. Se acabó. Lo ha dicho el CSD, el Gobierno, las jugadoras, la FIFA, la opinión pública nacional e internacional. También lo ha dicho el consejo de presidentes territoriales de la RFEF. Como ha dicho Aitana, no podemos permitir un abuso de autoridad. No vamos a tolerar la falta de respeto a los derechos de mujeres. Han de ser las Asambleas y los organismos de supervisión los que deben tomar las iniciativas y ejercer en plenitud las funciones que les confiere la Ley del Deporte", reseñó el ministro de Cultura y Deporte.

Además, Iceta volvió a hacer hincapié durante su intervención que "no comparten esa resolución, aunque la respetan". Aún así, quiso asegurar que lucharán porque "prevalezca su criterio" en la relación a la suspensión de Luis Rubiales de sus funciones como presidente de la Federación.

Artículo 102. Medidas cautelares.

En cualquier momento del procedimiento, el órgano competente para incoarlo podrá adoptar, mediante acto motivado y notificado a las personas o entidades interesadas, las medidas cautelares que sean necesarias para asegurar la eficacia de la resolución final que pueda recaer en dicho procedimiento, con respeto al principio de proporcionalidad.

Las medidas a las que hace referencia el párrafo anterior, que no tendrán naturaleza de sanción, podrán consistir en:

a) Prestación de fianza o garantía.

b) Suspensión temporal de servicios, actividades o autorizaciones.

c) Cierre temporal de instalaciones deportivas.

d) Suspensión temporal para ocupar cargos en entidades deportivas.

e) Aquellas otras medidas que, para la protección de los derechos de los interesados, prevean expresamente las leyes, o que se estimen necesarias para asegurar la efectividad de la resolución.

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